CONTRATO
Arrendadora:
Rent a Car Guadix, S.L.U
Av. Ciudad de Guadix, 16 (P.I La Marcoba)
B-44756534
rentacarguadix@gmail.com
621 14 92 92 (Horario: Lunes a Viernes 8h a 20h) (WhatsApp 24h) (No llamadas WhatsApp)
- la arrendadora está facultada para ceder en arrendamiento el uso del vehículo.
- la parte arrendataria está interesada en alquilar el vehículo.
- Las partes acuerdan celebrar el presente contrato de arrendamiento de uso de vehículo en base a las siguientes
CLÁUSULAS:
PRIMERA.- OBJETO.
I.- El objeto de este contrato es el alquiler de un vehículo sin conductor con las características, precio y tiempo y demás condiciones acordadas en el presente contrato.
II.- La parte arrendataria será responsable de cuantas responsabilidades puedan contraerse por la tenencia y uso del vehículo a partir del momento de la entrega del vehículo, hasta su devolución a la arrendadora————————————————.
III.- Exclusivamente el alquiler del vehículo será para fines turísticos, no se admite para ningún otro fin, como puede ser comercial o promocional——————————.
SEGUNDA: ESTADO DEL VEHÍCULO AL MOMENTO DE LA ENTREGA
I.- El vehículo será entregado con toda la documentación (Ficha técnica, Permiso de Circulación y parte de accidentes), necesaria, junto a una llave, rueda de repuesto y herramientas necesarias para su sustitución, chaleco reflectante, y juego de triángulos, en correcto estado de funcionamiento para dar cumplimiento al objeto de este contrato.
Igualmente recibe el vehículo en buen estado de limpieza, carrocería, tapizado, neumáticos, a salvedad de las observaciones que la parte arrendataria haya podido indicar en el apartado “Observaciones”, al recibir el vehículo.
Si la parte arrendataria al momento de la entrega del vehículo detecta algún daño o desperfecto visible deberá de hacerlo constar en el apartado “observaciones”
Si no lo hace constar, admite que recibe el vehículo en perfecto estado de uso y funcionamiento, y la empresa estará legitimada para cobrar los daños detectados en el vehículo al momento de su devolución, además de poder exigir la reposición de cualquier elemento del vehículo que resultase averiado o extraviado por causas imputables a la arrendataria.
II.- Queda expresamente prohibido que la parte arrendataria pueda variar cualquier característica técnica del vehículo, llaves, equipamiento o aspecto exterior y/o interior, debiendo correr en caso de hacerlo con los gastos de reacondicionamiento del vehículo a su estado original y abonar una cantidad en concepto de indemnización por inmovilización del vehículo que se fija en el precio diario de alquiler por los días que esté inmovilizado————————————————————————————.
III.- El vehículo puede estar dotado de localizador GPS, instalado por la Arrendataria.
TERCERA: DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA RETIRADA DEL VEHÍCULO DE LAS INSTALACIONES.
Para poder retirar el vehículo de las instalaciones, antes la parte arrendataria deberá de facilitar los siguientes documentos:
- D.N.I./N.I.E. o pasaporte válido y vigente.
- Carnet de conducir válido y vigente. Se requiere licencia de conducir tipo B (no se aceptan licencias provisionales).
La documentación que se presenten debe de ser en formato original, no se aceptan fotocopias——————————————————————————————-.
CUARTA: DURACIÓN.
I.- La duración del presente contrato será la indicada en el mismo.
II.- La parte arrendataria se compromete a devolver el vehículo a la arrendadora en el lugar, hora y fecha indicada en él. Únicamente se considerará terminado el servicio de alquiler una vez que el vehículo con su documentación y llave, sea entregada a la arrendadora.
III.- Es responsabilidad de la parte arrendataria devolver el vehículo el día y hora del vencimiento fijado en el contrato, en caso contrario, y pasadas 24 horas desde la fecha en que debía de ser entregado el vehículo, el vehículo será denunciando ante las autoridades competentes como delito de apropiación indebida——————————-.
QUINTA: PRÓRROGA DEL CONTRATO
Si la parte arrendataria quiere continuar con el uso del vehículo arrendado por tiempo superior al convenido en el contrato, deberá comunicarlo a la arrendadora con al menos 24 horas de antelación a la finalización de este contrato mediante whatsApp 621 14 92 92 y obtener expresamente autorización escrita con los días que se le autoriza la prórroga, además de tener que abonar el importe adicional con carácter inmediato.
Si no obtiene la autorización expresa, la prórroga se entiende denegada————.
SEXTA: PRECIO DEL ARRENDAMIENTO, Y DEVOLUCIÓN TARDÍA.
I.- El precio del arrendamiento se establece que se establece en el presente contrato, y que la arrendataria abonará mediante transferencia inmediata, a la cuenta corriente de la arrendadora ES76-3058-3002-9227-2002-8082, Tarjeta de Crédito o bizum al nº de teléfono 686 456 428, pago debe de hacerse antes de la entrega del vehículo, no aceptándose pagos mediante cheques.
II.- La parte arrendataria se compromete a pagar a la arrendadora el precio del alquiler reseñado, incluyendo 400 kilómetros por día, y 0.15€ por kilómetro excedido del incluido.
El precio incluirá los seguros contratados e impuestos derivados de la contratación,
III.- En caso de producirse la devolución tardía del vehículo, por la parte arrendataria se aplicará el siguiente recargo:
| Tardanza hasta 15 minutos | No se cobra |
| Tardanza hasta 1 hora | 1 día completo |
| Tardanza hasta 2 horas | 2 días completos |
| Tardanza hasta 3 horas o más | 2 días completos |
IV.– La recogida y devolución del vehículo, se hará en las instalaciones de Rent a Car Guadix, y en el horario de atención comercial. Para cualquier otro horario, se pagará un suplemento de 25€ + Iva, y deberá ser acordado entere ambas partes antes de hacer efectiva la retirada.
SÉPTIMA: COBERTURAS DEL CONTRATO.
I.-La parte Arrendataria, y por tanto autorizada a la conducción del vehículo, participa de la póliza de seguro de responsabilidad civil concertada por la arrendadora. No existen autorizados, salvo autorización expresa de la parte arrendataria.
II.-Las tarifas de alquiler incluyen las coberturas del seguro obligatorio del vehículo, y asistencia en viaje RACE, que en caso de necesitarla, se solicitará en el número de teléfono 900 112 222.
III.-Serán por cuenta de la parte arrendataria los siguientes daños:
- Daños producidos a la persona del conductor del vehículo o a sus ocupantes.
- Daños producidos al vehículo asegurado por los equipajes, mercancías u objetos transportados en el vehículo.
- Daños detectados en el vehículo al momento de su devolución.
- Reparación del vehículo averiado o extravío de accesorios del vehículo por causas imputables a la parte arrendataria———————————————-.
OCTAVA: FIANZA PARA CUBRIR LAS POSIBLES RESPONSABILIDADES, INCLUIDA LA LIMPIEZA DEL VEHÍCULO.
I.-La parte arrendataria antes de la entrega del vehículo deberá de constituir la fianza de 200€
La fianza es la garantía, a cuenta, para el cumplimiento de las obligaciones del cliente al inicio de este contrato, para hacer frente a posibles responsabilidades no cubiertas por este contrato.
II.-La fianza le será reembolsada a la parte arrendataria en la misma forma que se depositó, lo que se hará al momento de la devolución del vehículo previa constancia e inspección del estado del estado del vehículo, observaciones que en su caso se harán constar en el Apartado “Observaciones”.
III.- La empresa se reserva el derecho a retener la fianza en los siguientes supuestos:
- En caso de accidente, robo, incendio o casos similares, por el tiempo necesario hasta que se acredite que la parte arrendataria no tiene ningún tipo de culpa, o se acepte el siniestro por la compañía.
- Cuando el coche no se entregue en un estado óptimo de limpieza, o bien requiera de una limpieza antitabaco, o cuando la empresa detecte daños, o averías en el vehículo por causas imputables a la parte Arrendataria, o el extravío del algún elemento del vehículo, en estos supuestos, la fianza podrá quedar retenida por un plazo máximo de 60 días y se destinará al pago del gasto ocasionado, lo que deberá de justificarse por la empresa con la correspondiente factura, procediéndose a la devolución del sobrante.
Para el supuesto de que la fianza no cubra la totalidad del gasto, la empresa se reserva el derecho a reclamar la diferencia y las cantidades dejadas de percibir como consecuencia de la paralización de vehículo—————————————————–.
NOVENA: UTILIZACIÓN DEL VEHÍCULO.
I.- Personas autorizadas: Sólo están autorizados a conducir el vehículo la arrendataria y las personas debidamente identificadas y autorizadas para ello expresamente por la arrendataria, con la condición de que hayan cumplido más de 25 años, y sean titulares y estén en posesión de permiso de conducir válido y en vigor de como mínimo 2 años de antigüedad.
La conducción por persona ajena a la que figue en este contrato, no está permitida, por lo que supone un incumplimiento por parte de la parte arrendataria, y en caso de accidente, las posibles responsabilidades civiles/penales serán asumidas plenamente por el mismo.
II.- Normas de circulación La parte arrendataria se compromete a conducir el vehículo conforme a las normas del Código de Circulación y las especificaciones de uso del tipo de vehículo.
III.-Sanciones de tráfico e inmovilización del vehículo:
- Corren por cuenta de la parte arrendataria abonar íntegramente las multas o sanciones de cualquier clase que sean impuestas a la arrendadora por hechos cometidos durante la vigencia del arrendamiento. En caso de que llegue a la empresa una sanción de tráfico, se procederá a identificar al conductor que ha firmado este contrato, los que serán únicos responsables de la multa.
- Si la arrendadora recibe una sanción de tráfico firme, y tiene que sufragarla, tendrá derecho a cobrarle la misma a la parte arrendataria más un cargo adicional de 150,00 €
- Para el supuesto de retirada y/o inmovilización del vehículo, ya sea por servicio de grúa, mandato judicial o policial, la arrendataria deberá hacer frente a todos los gastos incurridos en la recuperación del vehículo, así como de los días de paralización del mismo.
IV.- Territorio de circulación: Salvo autorización expresa el vehículo arrendado solo está autorizado a conducir el vehículo arrendado única y exclusivamente dentro del territorio peninsular de España (excluido Ceuta, Melilla e Islas Canarias y Baleares).
V.- Destino del vehículo: La arrendataria destinará el vehículo a uso particular en forma exclusiva, no pudiendo ser utilizado para el transporte de pasajeros o mercancías con fines comerciales o industriales salvo autorización
VI.-Prohibiciones: La parte arrendataria se compromete a no utilizar el vehículo ni dejar que el mismo sea utilizado en los supuestos siguientes: a) Transporte remunerado de pasajeros. b) Empujar o remolcar cualquier vehículo o cualquier otro objeto, rodante o no. c) Participar en concursos, carreras, competiciones, oficiales o no. d) Realizar pruebas de resistencia de materiales, accesorios o productos para automóviles. e) Conducir el vehículo bajo los efectos del alcohol, drogas, fatiga, u otras causas que dificulten seriamente la conducción del mismo. f) Transporte de sustancias especiales, tóxicas, inflamables, y en general cualquier peligrosas que infrinjan las disposiciones legales vigentes. g) Transporte de pasajeros en número superior al autorizado e indicado en la Ficha de Inspección Técnica del vehículo. h) Transporte de mercancías en peso, cantidad y/o volumen superior al autorizado en la Ficha de Inspección Técnica del vehículo. i) No transportar el vehículo alquilado a bordo de barcos, trenes, camiones, aviones, o remolcadores. j) No usar ni permitir que sea usado el vehículo arrendado como medio o instrumento para la comisión de delitos, actuaciones penadas, prohibidas o simplemente sancionadas por la Ley, auxilio a delincuentes o protección, transporte y cobijo de objetos procedentes de delitos. K) no circular con el vehículo alquilado por el interior de recintos, puertos, aeropuertos, aeródromos, o en recintos y compañías petrolíferas. l) No efectuar modificaciones en la estructura ni montar sobre el techo baca o equipajes/mercancías. ll) no fumar dentro del vehículo alquilado. m) No transportar animales/mascotas dentro del vehículo alquilado. n) No manipular ni desprecintar el cuentakilómetros, debiendo comunicar a la arrendadora cualquier avería en el mismo. El kilometraje se medirá por el cuentakilómetros. o) No conducir en vías no autorizadas o no pavimentadas o cuyo estado pudiera suponer un riego de daños para el vehículo alquilado. p) ceder, vender, subarrendar, hipotecar, pignorar o disponer del vehículo ni sus elementos en alguna forma. q) Llevar el vehículo arrendado a un taller no autorizado por la parte arrendadora. r) Manipular cualquier parte mecánica y/o funcional del vehículo.
VII. Otras obligaciones: La parte arrendataria se compromete: a) mantener el vehículo cerrado cuando no lo utilice y a conservar en su interior los documentos del mismo. b) Proteger a los menores, exonerando a la arrendadora de cualquier responsabilidad por falta de uso o instalación del dispositivo obligatorio para los menores de edad. c) utilizar el vehículo alquilado solamente en vías consideradas como carreteras públicas. d) Que la parte Arrendataria lleve el contrato de alquiler dentro del vehículo alquilado, el no llevarlo podrá ser, causa de sanción y ser multado por las autoridades españolas, siendo el único responsable la parte arrendataria.
VIII. Anomalía en el funcionamiento del vehículo: La arrendataria se compromete a detener e inmovilizar el vehículo cuando detecte alguna anomalía en su funcionamiento o se encienda algún testigo, debiendo contactar inmediatamente con la arrendadora o la compañía de asistencia RACE en el número de teléfono 900 112 222.
DÉCIMA: COMBUSTIBLE:
I.- Tipo de combustible: El combustible del vehículo es X
El repostaje erróneo de combustible puede generar daños severos al vehículo alquilado, por lo que la parte arrendataria será responsable de abonar a la arrendadora todos los daños causados, como los posibles daños directos o las cantidades dejadas de percibir por la paralización del vehículo derivados del repostaje erróneo, incluso por la falta de repostaje.
II.- Política de combustible: El vehículo se entrega a la arrendataria con el depósito lleno de combustible, obligándose la arrendataria a devolverlo con el depósito igualmente lleno.
De no devolverse el vehículo con el depósito lleno, la parte arrendataria abonará el precio del combustible por litros utilizados para su reposición así como una penalización de 20,00 € como indemnización por los costes del repostaje.
III.-Combustible consumido durante el uso del vehículo: El combustible consumido por el vehículo durante el periodo de alquiler es por cuenta de la arrendataria.
IV.- AdBlue: En caso de que aparezca una señal sobre la falta de AdBlue, es obligación del cliente repostar el tanque de Adblue y comunicarlo a la empresa presentando la correspondiente factura——————————————————–.
DÉCIMA-PRIMERA: ACCIDENTES, ROBOS E INCENDIO Y OBJETO PERSONALES DE LA PARTE ARRENDATARIA.
I.- En caso de accidente la parte arrendataria deberá informar a la arrendadora de forma inmediata de cualquier siniestro y rellenar el parte de accidente con los datos completos del contrario y posibles testigos, que deberá ser remitido a la arrendadora. La existencia de heridos deberá ser puesta en conocimiento de las autoridades competentes.
II.- La parte arrendataria no podrá llevar el vehículo a ningún taller para su reparación, esta es una conducta prohibida por la empresa, salvo autorización expresa por escrito por la parte arrendadora.
Si el cliente por su propia voluntad lleva el vehículo a reparar a un taller sin autorización expresa de la parte arrendadora, la parte arrendataria será única responsable de dicha reparación, como de los daños que pueda ocasionar esta conducta.
III.- En caso de robo, incendio, acto vandálico o desaparición del vehículo arrendado, la parte arrendataria deberá presentar denuncia ante la autoridad competente y remitir copia de ésta a la Arrendadora.
IV.- La arrendadora no se hace responsable de las pertenencias personales depositadas dentro del vehículo, por lo que de los objetos robados, olvidados o perdidos en el interior del vehículo alquilado no responderá la parte arrendadora.
V.- La parte arrendataria podrá contactar con la arrendadora en el teléfono y horarios arriba indicados.
DÉCIMA-SEGUNDA: MANTENIMIENTO Y REPARACIONES.
La arrendadora asume el desgaste mecánico normal del vehículo. Los gastos de mantenimientos y reparación de averías sufridas por el vehículo durante el tiempo de arrendamiento son de cargo de la Arrendadora, salvo que estas averías sean imputables a la arrendataria por un no buen uso del vehículo———————————————–.
DÉCIMA CUARTA: USO INCORRECTO DEL VEHÍCULO.
En caso de que la parte arrendataria no haga un uso correcto del vehículo, incumpliendo las prohibiciones, normas de circulaciones y demás obligaciones a las que se obliga con este contrato, la parte arrendadora queda exonerada de cualquier responsabilidad por el uso indebido del correcto, pudiendo exigir los daños y perjuicios oportunos———————————————————————————————.
DÉCIMA QUINTA: RESOLUCIÓN POR INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL DE LA PARTE ARRENDATARIA.
I.-La parte arrendataria se compromete a dar cumplimiento a todas y cada una de estas cláusulas y acuerda que el incumplimiento de cualquiera de ellas dará lugar a la arrendadora a declarar resuelto automáticamente este contrato sin necesidad de requerimiento previo.
II.- En caso de resolución del contrato, la parte arrendataria devolverá, de forma inmediata el vehículo, las llaves y documentación. En todo caso la parte arrendadora tendrá derecho a retirar el vehículo del lugar en donde se encuentre.
III.- En caso de resolución contractual, la arrendadora podrá reclamar los daños y perjuicios que haya ocasionado a la parte arrendadora, como el daño emergente (grúa, peritajes, costes legales etc.) y lucro cesante—————————————————.
DÉCIMA SEXTA: NO DERECHO DE DESISTIMIENTO.
Según la normativa vigente, no hay derecho de desistimiento en este contrato de arrendamiento de vehículo, por lo que al no poder desistir de este contrato, no procede devolución de cantidad alguna a la parte arrendataria sea la causa que fuera incluso en el supuesto de que el vehículo no le haya sido entregado a la parte arrendataria————–.
DÉCIMA SÉPTIMA JURISDICCIÓN.
Ambas partes acuerdan someterse a los tribunales del lugar de firma del presente contrato——————————————————————————————–.
DÉCIMA OCTAVA: PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
I.- A los efectos de lo dispuesto en la normativa vigente relativa a la protección de datos de carácter personal y servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico, Rent a car Guadix S.L.U, le informa de que sus datos personales, tanto los proporcionados para la formalización del presente contrato como los recabados durante la vigencia de los servicios de alquiler, van a ser incorporados a un fichero de datos de carácter personal Clientes, debidamente inscrito en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos, bajo la responsabilidad de esta empresa.
II.- La arrendataria podrá ejercitar su derecho de acceso, rectificación y cancelación de sus datos personales, mediante comunicación a rentacarguadix@gmail.com.
Y para que así conste, firman el presente contrato de arrendamiento, por duplicado y a un solo efecto, en la fecha y lugar arriba indicados.
Rent a Car Guadix, S.L.U D.
La parte arrendadora La parte arrendataria
OBSERVACIONES A LA ENTREGA DEL VEHÍCULO
Daños:
